Encontrar un solo significado para la
palabra «Derecho», sería difícil para poder describir la naturaleza y esencia
de la misma. Como abogados, sabemos que el vocablo «derecho» se encuentra
cargado de una polisemia (pluralidad de sentidos) que tiene como
particularidad, el no poder establecer una sola noción, puesto que trae
consigo, un resultado complejo y colosal abstracción de conceptos, que complica
la labor de muchos filósofos del derecho, a la hora de dar por asentado una
sola definición.
Fue así, como esta «pluralidad de
sentidos» atrajo mi atención, lo cual hizo que me dedicara a profundizar e
investigar con mayor dedicación, las raíces del vocablo «derecho», logrando
obtener valiosas fuentes históricas y filosóficas del derecho. Sin
embargo, luego de revisar los distintos materiales que encontré –desde textos
en latín a textos en francés y alemán– mis investigaciones dieron como
resultado que, aunque no se puede precisar con exactitud, el momento histórico
y preciso en que se originó o acuñó el término «derecho», los textos
etimológicos ofrecieron una posible respuesta. Es casi seguro, que muchos
estudiantes de derecho y abogados, concebimos la idea en la cual, el término
«derecho» se originó en Roma –porque a muchos de nosotros nos han enseñado así–
y no sería incorrecto pensar de esta manera, puesto que en Roma, se comenzó a
regular las leyes para la urbe, como también, se llegaron a crear, diversas
instituciones jurídicas, sin olvidar los grandes debates que se producían en el
foro, como también entre los senadores y jurisconsultos romanos, todos teniendo
como fin, impartir justicia.
Roma no fue precisamente donde nació el
derecho, pero si donde se institucionalizó, por establecer leyes que con el
tiempo, llegarían a formar parte de los primeros códigos redactados en muchos
países. Empero, por más que Roma nos haya dejado como legado sus leyes e
instituciones, el término «Ius» que conocemos como principal alusión al derecho
objetivo, esto es, al conjunto de normas que constituyen al ordenamiento
jurídico, no tendría sus orígenes en Roma, sino en una cultura mucho más
antigua, me refiero a la India. ¿Cómo llegué a esta conclusión? Gracias a los
distintos alcances y brevísimas nociones que proponen Pott y Pokorny, expertos
en lexicografías y estudios de lenguas indoeuropeas, como también, un conocido
por muchos de nosotros, el alemán Rudolph Von Ihering y el jurista suizo
Pictet, quienes tuvieron la ligera sospecha, que el «Ius» de los romanos,
probablemente no sea propio de ellos. En este sentido, seguí con mis
investigaciones, las cuales me llevaron hasta la voz en sánscrito[1] इउ «iu» /yu/, teniendo como
raíz las voces *yeu- o *yeu-g, cuyo significado es
«unir», «unión», «ligar» y «vincular», con lo cual, podemos concebir
claramente, que el «IUS» de los romanos (entendido como «derecho») tendría por
finalidad «unir a la sociedad
mediante un cuerpo o conjunto de normas».
Actualmente, es importante resaltar que
esta raíz sánscrita «iu» (yu), podría ser el antecedente
propicio para el vocablo latino «ius» (yus), ya que los romanos
también asociaban el término «ius» para referirse a un rito
o expresión ritual de carácter «sagrado», lo cual también guarda mucha relación
con la raíz védica «yos», cuyo significado es «santo»; «puro»;
«verdadero» y «celestial», haciendo alusión a la divinidad o lo sagrado. De «yos»
(raíz védica) a «ius», no parece haber gran diferencia, tanto en el
sonido de su pronunciación, como en el significado del carácter sagrado,
incluso teniendo cierta vinculación con el Dharma (buscar:
Derecho hindú).
Importante recalcar y reconocer, que la
palabra «derecho», vinculada directamente con nuestra profesión, tenga sus
orígenes en voces sánscritas y raíces védicas, antes que llegue a establecerse
en Roma (Ius), tal como lo conocemos. Incluso, si nos percatamos bien, se le
otorga al derecho –en sus orígenes– un carácter sagrado y ritualista, donde el
derecho mismo pasa a ser algo sagrado.
No en vano los primeros hombres de las
antiguas civilizaciones que otorgaban y regulaban la conducta de los
habitantes, antes que surjan los primeros abogados, fueron los sacerdotes,
motivo por el cual encontramos en el libro primero del Digesto, lo siguiente: «Cuius merito quis nos sacerdotes appellet,
iustitiam namque colimus et boni et aequi notitiam profitemur», cuya traducción es: «En mérito de esto, alguno nos llama "sacerdotes",
pues servimos a la justicia y nos dedicamos al conocimiento de lo bueno y lo
justo» (Domiciano Ulpiano, Inst. D. 1,1,1, y pr.).
Por: David Efraín Misari Torpoco.
Si desea citar este escrito en algún trabajo de investigación (tesis, libro, revista, monografía, etc.), puede hacerlo del siguiente modo:
MISARI TORPOCO, David Efraín (2016). Latín Jurídico: Aplicación Práctica. Fondo Editorial ESIPEC. Lima, Perú. pp. 92-94. ISBN 978-612-46932-4-3
Si desea citar este escrito en algún trabajo de investigación (tesis, libro, revista, monografía, etc.), puede hacerlo del siguiente modo:
MISARI TORPOCO, David Efraín (2016). Latín Jurídico: Aplicación Práctica. Fondo Editorial ESIPEC. Lima, Perú. pp. 92-94. ISBN 978-612-46932-4-3
[1] Es importante
mencionar que la palabra «derecho» tal como lo conocemos actualmente, no existe
en sánscrito, puesto que no hay una palabra que corresponda al término
«derecho» que guarde relación con «sistema de leyes» o «cuerpo normativo». Pero
no ocurre lo mismo, si analizamos solo la raíz de una palabra en sánscrito,
como lo es «iu» (yu).
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